miércoles, 1 de junio de 2011

Exhorta al Ejecutivo Federal a instruir a la SEMARNAT a realizar las acciones necesarias para proteger la laguna “Estero Cabeza de Charco” en Copala,

Miércoles, 01 de Junio de 2011
Segundo Receso Comisión Permanente
No. Gaceta: 9
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Proposiciones de Ciudadanos Legisladores

De la Dip. Mary Telma Guajardo Villarreal, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la que contiene punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal a instruir al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar las acciones necesarias destinadas a la protección de la laguna costera denominada como “Estero Cabeza de Charco” ubicada en el área de la colonia Juan N. Álvarez, en el municipio de Copala, Guerrero.

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a instruir al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que realice las acciones necesarias destinadas a la protección de la laguna costera denominada como Estero Cabeza de Charco, ubicada en el área de la Colonia Gral. Juan N. Álvarez, conocida también como Playa Ventura, en el Municipio de Copala, Guerrero, así como a mantener informada a esta soberanía sobre el avance de tales acciones.

La suscrita, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la alta consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las lagunas costeras son cuerpos de agua situados a lo largo del litoral de la mayoría de los continentes, tiene conexiones restringidas con el océano, periodos largos de residencia del agua y son efímeras en escala de tiempo geológico.

En la mayoría de los casos tienen una comunicación permanente o temporal con el mar y una entrada continua de agua dulce por medio de ríos. Al ser el resultado del encuentro de dos tipos de agua (la del mar y de los ríos), hace que el agua sea salobre, por lo que manifiestan un comportamiento ecológico muy especial y propio en cada laguna.

Las lagunas costeras generalmente se diferencian de los estuarios sobre bases geomorfológicas. Desde el punto de vista ecológico, las lagunas costeras y estuarios constituyen un ecosistema de tipo similar y se puede hablar de un medio ambiente lagunar - estuarino.

La importancia ecológica de las lagunas costeras proviene de su alta productividad, originada por la contribución de varios tipos de productores primarios, la energía de mareas y circulación, la abundancia de nutrientes, y la conservación, retención y eficiencia del reciclaje de nutrientes, entre sus diversos hábitats; demás de ser lugares que sirven de protección, reproducción y alimento a diversas especies de invertebrados, peces y aves, residentes permanentes o dependientes de las lagunas en alguna fase de su ciclo de vida.

Por otro lado, la importancia económica de las lagunas costeras se centra en que las pesquerías litorales dependen de éstas, así como de ser sitios idóneos para el desarrollo de la acuacultura, el turismo, entre las principales actividades productivas, que estimulan el desarrollo de las comunidades en su entorno.

Infortunadamente en el país muchas de sus lagunas costeras están gravemente impactadas por actividades humanas, lo que está provocado tanto su deterioro ambiental, como daños a las propias actividades, que dan sustento a las personas que de manera directa e indirecta viven de ellas.

En especial, muchas lagunas costeras son receptores de ingresos excesivos de nutrientes aportados por las actividades humanas, en especial descargas de asentamientos humanos sin tratamiento previo, lo que genera procesos de eutrofización, es decir un envejecimiento acelerado de las lagunas por la influencia humana. Esto tiene efectos en el incremento de la biomasa de fitoplancton, presencia de fitoplancton indeseable, exceso de biomasa de macroalgas Al existir exceso de cargas orgánicas, se genera también, el crecimiento acelerado de vegetación acuática, que en muchas ocasiones se convierte en verdadera plaga afectando pesquerías y el transito de embarcaciones en los cuerpos de agua. Todo ello, provoca la disminución del oxígeno disuelto en el agua, que llega a causar fenómenos de anoxia (falta de oxígeno), provocando grandes mortandades de peces en muchos casos.

Un ejemplo de esta problemática de deterioro ambiental por la acción humana se refiere al caso de una laguna costera conocida como Estero Cabeza de Charco, ubicada en el área de la Colonia Gral. Juan N. Álvarez, conocida también como Playa Ventura, en el Municipio de Copala, Guerrero, que se encuentra invadida por vegetación acuática y que esta secando a decir de los lugareños la citada laguna, es decir se esta eutrofizando a pasos acelerados.

Esto, esta afectado de manera directa la actividad turística y las pesquerías que se presentan en la zona, entre otros servicios ecosistémicos, que dicha laguna presta a quienes habitan en su entorno.

Al respecto, los habitantes de la Colonia Gral. Juan N. Álvarez están solicitando se implementen de manera urgente acciones efectivas para evitar la pérdida de los diversos servicios que otorga la laguna costera de Estero Cabeza de Charco.

Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía la aprobación de la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre los Poderes, exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a instruir al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que realice las acciones necesarias destinadas a la protección de la laguna costera denominada como Estero Cabeza de Charco, ubicada en el área de la Colonia Gral. Juan N. Álvarez, conocida también como Playa Ventura, en el Municipio de Copala, Guerrero, así como a mantener informada a esta soberanía sobre el avance de tales acciones.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al Gobierno del Estado de Guerrero y al H. Ayuntamiento del Municipio de de Copala, Guerrero a que se coordinen con el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que realicen las acciones necesarias destinadas a la protección de la laguna costera denominada como Estero Cabeza de Charco, ubicada en el área de la Colonia Gral. Juan N. Álvarez, conocida también como Playa Ventura, en el Municipio de Copala, Guerrero

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, 25 de mayo de 2011.

Dip. Mary Telma Guajardo Villarreal

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